Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos ALEXANDER GREGORIO COQUIS HERNANDEZ y MARIA LISMELI INOJOSA PARRA, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad nro. V- 15.860.866 y V- 17.329.635, respectivamente, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio MARCIAL VIVAS MONTENEGRO, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 88.585; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran por ante el Consejo Municipal del Municipio Autónomo Tinaco del Estado Cojedes, el 18 de diciembre de 2004.