El Tribunal por cuanto que la transacción versa sobre materia disponible entre las partes; sobre la que no pesa prohibición alguna de Ley, le imparte su homologación. En consecuencia, téngase la presente homologación como Sentencia pasada de autoridad de cosa juzgada. Así mismo, habiéndose consumado la transacción celebrada conforme lo expresado por las partes declárese concluido el presente juicio y archívese el expediente. Remítase al Archivo Judicial en su oportunidad. Cúmplase.