Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos José Luís Manosalva Ávila y Magaly Josefina Fernández Herrera, titulares de la cédula de identidad nro. V-7.564.372 y V-7.533.737, respectivamente, asistidos en este acto por la abogado en ejercicio Rosa Beyamil Silva Parraga, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 142.635; en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran ante la Prefectura del Municipio Autónomo Tinaco del estado Cojedes, el 22 de junio de 1976.