Désele entrada, se admite cuanto ha lugar en derecho, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y cúmplase, en consecuencia entréguese compulsas y boletas de citación al ciudadano Alguacil, a objeto de que dicho funcionario practique las citaciones de los ciudadanos demandados. Una vez cumplida la presente comisión, devuélvanse originales con resultas de estas actuaciones al Juzgado comitente.