Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 09.00 a.m. para oír el testimonio de la ciudadana, ALQUIMEDES LEOPOLDO RENGIFO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº.13.970.274, y a las 09:30 a.m. para oír el testimonio de el ciudadano, RICHARD RAFAEL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº.17.595.487, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.