Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 09.00 a.m. para oír el testimonio de el ciudadano, DENNYS LEONARDO MERCADO, titular de la cédula de identidad Nº.14.613.765, y a las 09:30 a.m. para oír el testimonio de el ciudadano, JONNY JACKSON ALEJO VALENZUELA, titular de la cedula de identidad Nº.16.992.601, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.