éste Juzgado del Municipio Falcón del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a derecho considera PROCEDENTE la solicitud de Separación de Cuerpos presentada por los ciudadanos ROLANDO FILIBERTO MORENO TOROS y EURY ESTHER GONZÁLEZ PAREDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número: V – 16.424.404 y V – 19.357.246 respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Falcón del estado Cojedes, y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy 18 de Febrero de 2013, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-