este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad de la demandada, suficientemente identificada en autos, hasta cubrir la cantidad de CIENTO DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 119.600,00), que comprende el doble de la suma demandada, la cual es de CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 59.800,00), monto de la obligación liquida estimada en el libelo de demanda, y en caso de embargarse cantidades líquidas de dinero se hará por la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 59.800,00), que comprende el monto líquido demandado incluyendo los honorarios de Abogado. Así se establece.