éste Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ALFONSO GRECCO PALACIO y CANDIDA ROSA SILVA CEBALLOS, en fecha 16 de Febrero de 1.990 por ante el Registro Civil de la Parroquia Independencia, Municipio Libertador del Estado Carabobo.