-III-
DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto y vista la solicitud presentada por el ciudadano CASTILLO FERNANDEZ ADRIAN ANTONIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-16.157.575, domiciliado en el barrio Tronconero, calle Sucre, casa N° 1-10, del Municipio Autónomo Tinaco, estado Cojedes; debidamente Asistido por el abogado en ejercicio JESÚS MANUEL MORALES SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-14.413.076, inscrito en el Inpreabogado bajo N° 157.434 y de este domicilio; y estudiado el caso cuestionado, este Tribunal resuelve: "Declarar bastante y suficiente las probanzas evacuadas para asegurar al ciudadano CASTILLO FERNANDEZ ADRIAN ANTONIO, en su condición de hijo, la cualidad de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano CASTILLO PASCUAL ANTONIO, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes quedantes al fallecimiento del nombrado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civi.....