En merito a los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana MARIA EUGENIA TERAN ORTEGA, titular de la cedula de identidad número V-13.182.943, contra el SERVICIO AUTÒNOMO DE ADMINISTRACIÒN TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO FALCÒN (SAATRI), AHORA MUNICIPIO TINAQUILLO.
No hay condenatoria en costas.