Las partes acordaron a los fines de dar por terminado el presente proceso y en razón de la mediación del tribunal, han celebrado la siguiente transacción: PRIMERA: la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLIVARES (1.992.998,00), lo cual constan de TRESCIENTOS CINCO MIL CUATROSCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES (305.451,00), en virtud de la oferta real de pago, NRO. HP01-S-2006-000012, que cursa ante este Tribunal segundo de primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, consignada por el patrono a favor de trabajador, en fecha 08 de mayo de 2006, y la diferencia que es por la cantidad de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLIVARES (1.687.547,00), el patrono se compromete a pagarlo en tres (3) cuotas, este tribunal le imparte la homologación prevista en el artículo 3 parágrafo único de la Ley orgánica del Trabajo vigente, por cuanto la misma ha cum.....