En mérito de las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda intentada por JULIO RAMON GUEVARA SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-7.273.247, contra AGRO INVERSIONES GOBARCA C.A, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, condenándose a la parte demandada al pago de la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL CIEN BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS.
(Bs. F 36.100,00)