este Tribunal deja constancia que no compareció la parte demandada a la prolongación de la audiencia preliminar; en consecuencia esta Juzgadora, ordena remitir el presente asunto al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de darle continuidad al proceso. Así mismo se deja constancia que la parte accionada, no presentó contestación a la demanda, de conformidad a lo establecido en el artículo 135 de la Ley adjetiva Laboral.