En este estado, esta Juzgadora en uso de sus atribuciones como rectora y directora del proceso, y en aras de garantizar el Debido Proceso Constitucional y la Tutela Judicial Efectiva, procede a revisar exhaustivamente, las facultades expresamente conferidas por los accionantes al Abg. Argardo Torrealba, ya identificado, en instrumento Poder Autenticado que corre inserto al presente expediente; y en tal sentido, quien Juzga ha observado, que entre las facultades expresamente señaladas en el mismo, se desprende la de convenir en la demanda; sin embargo, no se evidencia la facultad de recibir cantidades de dinero en representación de sus mandantes, lo cual debe ser expresamente indicado en dicho instrumento Poder; por consiguiente, esta Juzgadora ordena dar por recibido el título valor emitido a nombre del co-accionante pre-identificado, y tener el mismo en custodia de este Tribunal a los efectos que se apersone su beneficiario por ante este Circuito Laboral, para solicitar el retiro del .....