Luego del llamado realizado por el ciudadano Alguacil a las partes, se deja constancia que no compareció la parte accionante de autos, ciudadano ANTONIO FREDDY LECA PEREIRA titular de las cedula de identidad Nº V- 13.733.871, ni por si ni apoderado judicial alguno. Así mismo, no compareció la parte demandada, a la AUDIENCIA PRELIMINAR fijada para el día de hoy a las 09:00 AM en el presente asunto N° HP01-L-2016-000054. Por lo que una vez verificada la incomparecencia de la parte accionante la ciudadana Jueza, en aplicación a lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a la declaratoria de Ley: Vista la incomparecencia de la parte demandante, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y por consiguiente terminado el proceso de la demanda incoada por .....