En consecuencia, por las razones antes expuestas y fundamentadas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda que por cobro de inclusión de beneficios sociales (cobro de retroactivo de cesta ticket) interpusiera el ciudadano JOSE RAMON AVILA, suficientemente identificado, contra la Entidad Federal del estado Cojedes, la Sociedad Mercantil Vialidad de Cojedes, S. A (VIALCO) y solidariamente responsable a la empresa mercantil COPAVIN, C.A . Y ASI SE DECIDE. En la ciudad de San Carlos, al tercer (3ª) día del mes de agosto del año 2007.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
La Juez.
Abg. Yrene Pernalete Mendoza.
La Secretaria.