este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Primero: Con lugar la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Juan Vicente García Lima, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-V-12.635.835 y Carmen Cecilia García Quirpa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº-V- 11.634.809. En consecuencia, se disuelve el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 28 de diciembre de 1.993, por ante el Registro Civil del Municipio Pedro Zaraza del estado Guarico, a partir de la publicación de la presente sentencia. Segundo: Se homologan los acuerdos suscritos entre las partes sobre: Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentaría, relativo a su hija la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), ya identificada. Regístrese y Publíquese. .....