este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, la conciliación celebrada entre las partes ya identificadas en los siguientes términos: El padre se compromete a depositar la cantidad de cincuenta mil bolívares (Bs.50.000,ºº) quincenales, para un total de cien mil bolívares (Bs.100.000,ºº) mensuales, en una cuenta bancaria que se abrirá en el Banco Provincial de la cual debe llevar a la Defensoria una copia de la misma, asimismo, se hace responsable de comprar la ropa de diciembre, útiles escolares y uniformes cuando así lo necesite la niña, en cuanto a la medicina, recreación, cultura y deporte entre otras responsabilidades, se cubrirá en un cincuenta por ciento (50%). El aumento de la pensión y demás gastos serán depositados automática y proporcionalmente teniendo en cuenta la taza de inflación. En consecuencia esta ju.....