este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Declarar la Perención de la Instancia y en consecuencia, se extingue el presente procedimiento de Obligación Alimentaría, incoado por el ciudadano Euclides José Herrera, actuando en su carácter de Defensor Público con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, actuando en defensa de los derechos e Intereses de la niña (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de (IDENTIDAD OMITIDA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), a solicitud de la ciudadana Maria Apolonia Carrizales Contreras, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-13.970.430, en contra del ciudadano Ysidro Antonio Briceño, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº- V-10.985.036.