Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Resuelve: "DECLARAR BASTANTE" las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana YANET ZULEIMA PEÑA VIELMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.205.052 y de sus hijos (se omiten los nombres), de catorce (14), doce (12) y nueve (09) años de edad, respectivamente; la cualidad que tienen de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Cujus LUIS EFREN ROJAS HERNANDEZ, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes del fallecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a los fines de ley y déjese copia certificada en su lugar.