"Este Tribunal visto el acuerdo parcial celebrado por los ciudadanos: Iris Omaira Ostos Guevara y el ciudadano: Ali Gusman Mendoza Lopez procede ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve: PRIMERO: HOMOLOGAR en los siguientes términos el régimen de visitas a favor de los niños: Mendoza Ostos Verónica Irali y Omar José garantizándoles el derecho de frecuentación, los días sábados, domingos cada 15 días desde: Las horas del medio día hasta las 6 de la tarde, comprometiéndose el padre en buscarlos y regresarlos al hogar materno, así mismo queda establecido el régimen de visitas para los días feriados en los mismos términos previo aviso a la madre. SEGUNDO: Queda en este acto obligado el ciudadano: Ali Gusman Mendoza López a inscribir a los niños en el seguro y a realizar todas las gestiones correspondientes a la obtención de la carta aval para que la niña sea intervenida. TERCERO: En cuanto al régimen de visitas para.....