Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: Declara la perención del presente procedimiento de régimen de visitas, incoado por la Fiscalía IV del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, representada por la Abogada NANCY SARAY BECERRA RIVERA, actuando en defensa de los derechos e intereses de los niños (CUYO NOMBRE SE OMITE, SEGÚN LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) a requerimiento de la madre, ciudadana DILCIA YULIETA MARCANO MENA y en contra del ciudadano JOSE RAFAEL RINCONES VALDEZ. Y así se decide.- Notifíquese a las partes y al Fiscal IV del Ministerio Público.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DIARICESE.