Es por todo lo expuesto que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO sobre Régimen de Visitas suscrito por los ciudadanos WISAM AYOUB ABOUD SAED, de nacionalidad Siria, titular de la cédula de identidad número E-81.607.839, residenciado en la Urbanización El Rosal, apartamento Nº 52, Torre Nº D, piso Nº 05, Tinaquillo estado Cojedes y RIM NAIM KAHIL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-16.746.294, residenciada en la Avenida Bolívar, casa Nº 2-4, Las Vegas Municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes, en los siguientes términos: 1) "El ciudadano WISAM AYOUB ABOUD SAED, podrá compartir con su hija (CUYA IDENTIFICACION SE OMITE EN VIRTUD DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA) , los días sábados desde las 10:00 de la mañana, hasta las 5:00 de la t.....