En mérito de las razones antes expuestas, es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos FERMIN JOSE APONTE LOPEZ, y MARYLENY GUTIERREZ SOLORZANO, antes identificados. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los unía desde el día nueve (9) de octubre de mil novecientos ochenta y siete (1.987), por ante la Prefectura del Municipio Falcón del Estado Cojedes, a partir de la publicación de la presente sentencia. SEGUNDO: Se HOMOLOGAN los convenios suscritos entre las partes sobre: Patria Potestad, Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentaría, relativos al adolescente (CUYA IDENTIFICACION SE OMITE EN VIRTUD DE LO PRECEPTUADO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), de trece (13) años de edad. TERCERO: En cuanto .....