DECISION
Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, obrando de conformidad con el artículo 177, parágrafo 4to, literal g) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA); Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
UNICO : "Declarar Bastante" las probanzas evacuadas, para acreditar a favor del niño xxxxxxx, hijo del causante: Yojan Ramón Castillo Pacheco, quien fuera titular de la Cédula de identidad Nº 16.424.704, la cualidad que tiene de Único y Universal Heredero del causante, quien en vida respondiera al nombre de Yojan Ramón Castillo Pacheco, con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes dejados, De conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a los fines de ley.-
Así se decide
Dada, Firmada .....