Así se decide.
En mérito a lo expuesto esta Juzgadora, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Declara:
PRIMERO: Con lugar el establecimiento de una pensión alimentaría al ciudadano JULIO ALEXANDER NATERA LÓPEZ, a favor de sus xxxxxxxx y xxxxxxxxx
SEGUNDO: Se establece por concepto de pensión alimentaría una cantidad equivalente a la tercera parte de un salario mínimo urbano Vigente, que deberá pasar mensualmente en forma continua y consecutiva, el obligado alimentario a sus hijos.
TERCERO: Se estable al padre la obligación de suministrar en el mes de diciembre para reposición de vestuario, un monto equivalente a un salario mínimo urbano vigente para el mes de diciembre de cada año, pagadero en la 1ra quincena de diciembre de cada año.
CUARTO: Se establece al padre la obligación de suministrar un bono especial para gastos escolares, equivalente a medio salario mínimo urbano vigente para el momento de su p.....