DE LA DECISION
Vistas las circunstancias de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes; Obrando conforme a lo dispuesto en el artículo 177, literal i) de la LOPNA. Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Con lugar la solicitud de Divorcio y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que unía a los ciudadanos: Luís Enrique Pinto Romero y Yulis Mercedes Villalonga Reyes, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°10.324.475 y 11.961.429, respectivamente; a partir de la fecha de la publicación de la presente Sentencia.
Segundo: En cuanto a la Patria Potestad, Guarda, Régimen de Visitas y Obligación Alimentária; a favor del adolescente xxxxxxx; esta Juzgadora observa que los acuerdos a que han llegado las partes en los términos antes citados, no son contr.....