Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION, en el juicio que por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, que intentó el ciudadano SEGUNDO RAMÓN CASTILLO ASCANIO. Así se declara.-