IV.- DECISIÓN.-
Por las razones expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara EX OFFICIO (De oficio) EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCIÓN ANUAL en el juicio que por DIVORCIO, intentó el ciudadano ARMANDO JESÚS ORTIZ MONTERO, contra la ciudadana MARÍA DE JESÚS TEJEDA MANZANERO, identificados en actas; en consecuencia, no podrá intentar nuevamente esta demanda hasta haber trascurrido noventa (90) días calendarios consecutivos contados a partir de que quede definitivamente firme este fallo, conforme a lo establecido en el artículo 271 del vigente Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civi.....