Por las razones expuestas, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos JOSÉ IDELMAR MATUTE HERNÁNDEZ y KEILA DEL CARMEN FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, contraído ante la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos del estado Cojedes, en fecha 09 de diciembre de 2000.