Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente querella interdictal por despojo incoada por el ciudadano ARMANDO GOMES DE ARAUJO, mediante apoderada judicial, en contra de la ciudadana YULIMAR MARILYS PEREZ, todos identificados en actas.- Así se decide.-