IV.- DECISIÓN.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expresados, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado bolivariano de Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, HOMOLOGA el Desistimiento del Procedimiento solicitado los ciudadanos SONIA DEL CARMEN MANOSALVA y ARNALDO RAFAEL BARRETO, parte actora en la presente causa, asistido asistidos por la abogada MARÍA VALENTINA BOLÍVAR AMARO, en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el número 136.249, en el juicio que por Desalojo intentaron en contra de la ciudadana DORIS MARIBEL GUERRA RODRIGUEZ, todos identificados en actas, conforme a lo previsto en los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del p.....