IV.- Decisión.-
Por las razones y argumentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de las ciudadanas y ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, conforme a derecho, declara:
Primero: Con Lugar la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, formulada por el ciudadano Luís Anibal Herrera Díaz, asistida por la abogada Gertrudis Haidee Espinoza de Seijas, ambas suficientemente identificadas en actas y en consecuencia, se Ordena a la oficina de Registro Civil del municipio Ezequiel Zamora y Registro Principal ambos del estado bolivariano de Cojedes, estampar la debida nota marginal en el Acta de Estado Civil asentada en los libros de Registros de Nacimiento signada con el número 292, folio 147, tomo Nº 1 de los libros respectivos del año 1964, en el sentido de que donde aparece el nombre .....