V.- Decisión.-
Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de los y las ciudadanas de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR de la presente demanda MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO intentada por la ciudadana NELIS SORAIDA CARREÑO HERRERA, en contra de ciudadano NERIZ ANTONIO BEROES MENDOZA, todos identificados en actas.-
SEGUNDO: Se DECLARA que existió una UNIÓN ESTABLE DE HECHO (CONCUBINATO) entre los ciudadanos NELIS SORAIDA CARREÑO HERRERA y NERIZ ANTONIO BEROES MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, Cédulas de Identidad números V.-8.673.471 y V.-7.560.297, todos identificados en actas, desde el día veintiocho (28) de febrero del año 1983 hasta el día veinticinco (25) de enero del año 2011, ambas fechas inclusive.-
TERCERO: No hay condenatoria en c.....