Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en San Carlos de Austria, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confiere la Ley y conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ciudadano BOU DIAD AMIR MOHAMAD, asistido por la abogada Elizabeth Deligiannis, ambos identificados en actas, contra la Sentencia de fecha 30 de noviembre de 2006, dictada por el Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda de Desalojo intentada por el ciudadano ATTILIO LIBERTO LIBERTO, asistido ab-initio por los abogados Norys Robles y Pedro Manuel Sánchez, contra el ciudadano BOU DIAD AMIR MOHAMAD, en consecuencia, REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado.....