Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, en virtud del vicio señalado en el cuerpo de este fallo y por cuanto el mismo a juicio de este juzgador, viola normas adjetivas de orden público, lo que implica un menoscabo del derecho a la defensa y del debido proceso, DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA AL ESTADO DE DESIGNAR NUEVAMENTE DEFENSOR JUDICIAL A LOS HEREDEROS DESCONOCIDOS de la ciudadana DOLORES PÉREZ MARTÍNEZ, y en consecuencia, se ANULAN todas las actuaciones posteriores al auto de nombramiento del indicado funcionario judicial, de fecha veintitrés (23) de marzo del año 2011, incluyendo este. Así se decide.-