En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Reconocido en su contenido y firma los documentos cambiarios (cheques), emitidos por el demandado ciudadano FRANCISCO R. ORTEGA G, a favor del demandante ciudadano LUIS FERNANDO MEJIA RESTREPO, titular de la cédula de identidad Nº 11.347.621, en su carácter de representante legal de la firma personal DE CAR´S INTERNATIONAL, los cuales se detallan a continuación:
A) Cheque Nº 31398781, del Banco mercantil, emitido por la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,00), a favor de su mandante, con cargo a la cuenta corriente a nombre del ciudadano FRANCISCO R. ORTEGA G; Nº 0105-0101-68-1101029579, de fecha 30 de septiembre de 2006; B) Chequ.....