de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 622 y 626, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En este Sentido, beberá ser incorporado de forma obligatoria a la actividad escolar y laboral. Se designa a la Coordinadora del Servicio de Libertad Asistida INAM COJEDES, como delegada de prueba a los fines ejercer la vigilancia y control de las medidas impuestas, para lo cual deberá realizar el seguimiento del caso una vez al mes y remitir a este Tribunal el informe respectivo, de conformidad con el computo de la sanción, debiendo así el mismo cumplir la presente sanción de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) AÑOS, la cual se iniciara en fecha 26 de Septiembre de 2007, fecha en la cual es impuesto del computo de la ejecutoria de la sanción, la cual culminara el la sanción LIBERTAD ASISTIDA en fecha 26 de Septiembre de 2009, de conformidad con el computo de la sanción. Seguidamente le fue impuesto al sancionado sobre sus derechos Constitucional.....