ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA, ORDENA que el joven adulto (Se omite identidad de conformidad con el articulo 65, parágrafo 2° de la Lopna); a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de OCHO (08) MESES, de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 622 y 626, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la cual se iniciara en fecha 24 de Noviembre de 2006, fecha en la cual será impuesto de la ejecutoria de la sanción, la cual culminara en fecha 24 de Julio de 2007.
Notifíquese a la adolescente para que comparezcan el día VIERNES 24 DE NOVIEMBRE, a las 11:00 a.m., para que haga uso del derecho de hacer las observaciones a que haya lugar. Notifíquese a la Defensa Pública Especializada y al Fiscal Quinto del Min.....