JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO: Darle entrada a las presentes Actuaciones, quedando anotadas bajo el Nº 1U-177-10. SEGUNDO: Fijar para el día JUEVES 06 DE MAYO DE 2010. A LAS 08:30 A.M la ocasión para llevar a cabo la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO, en el presente caso. TERCERO: Notificar a las partes del presente auto y de la oportunidad para promover nuevas pruebas o reiterar las declaradas inadmisibles. E igualmente citar a la víctima, imputado, testigos y expertos promovidos. CUARTO: Oficiar al Servicio de Alguacilazgo y a la Oficina de Participación Ciudadana, a los fines de proveer lo conducente en relación a la celebración del JUICIO ORAL Y PRIVADO en la presente Causa. Así se decide. Cúmplase y Diarícese.