este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY ACUERDA: PRIMERO: Visto el cumplimiento de las obligaciones pactadas en la Audiencia celebrado por ante este Tribunal en fecha 18-07-2007, siendo las siguiente Primero: Prohibición de domiciliarse fuera de la jurisdicción sin autorización de este Tribunal. Segundo: La obligación de inscribirse en alguna actividad deportiva o algún curso, debido a presentar a este Tribunal en el lapso de 30 días la constancia respectiva. Tercera: Suspender el proceso a prueba por un año a partir de la presente fecha, para el cumplimiento de las obligaciones pactadas. Cuarto: La prohibición de reincidir en la comisión de otro hecho punible. Quinto: La prohibición de acercarse a la victima ciudadano TURKINTON SAWORD JHON WHITELD, ni a sus familiares, por si mismo o por otra.....