En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Primera instancia Penal en funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal de adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Conceder al Ministerio Público, una prorroga de quince (15) días, contados a partir de la presente fecha, para que presente el Acto Conclusivo que considere pertinente, bien sea la Acusación o el Sobreseimiento en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, con la advertencia que vencido el plazo fijado y la Representación Fiscal no presenta Acusación ni solicita el Sobreseimiento, quien aquí decide decretara el Archivo de las actuaciones, el cual comporta el Cese inmediato de todas las Medidas de Coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuesta al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión de.....