En consecuencia Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo previsto en el Articulo 651 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida a la adolescente (Identificación que se omite a tenor de lo dispuesto en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente), venezolana, de 14 años de edad para el momento de los hechos, titular de la cedula de identidad personal Nº 20.487.647, natural de Valencia Estado Carabobo, soltera, residenciada en el Barrio El Jardín Calle la Violeta Casa Nº 474 Tinaquillo Municipio Falcón del Estado Cojedes, en la investigación efectuada en su contra por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONAL.....