este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano; BENJAMIN CARRERA VASQUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.558.870, quien nació en Tinaquillo estado Cojedes, y con residencia en el sector la venanciera casa sin numero tinaco estado Cojedes, de profesión u oficio obrero y de estado civil soltero, a cumplir una pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de; ; CÓMPLICE NO NECESARIO EN EL DELITO DE DE ROBO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 07 de la ley penal de la protección de la actividad ganadera, en concordancia con el articulo 84 numeral 3 del código penal venezolano. POR "ADMISIÓN DE LOS HECHOS". Asimismo se le impone de las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal a saber: 1. La inhabilitación política durante .....