IV
DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, constituido en Tribunal Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 363 encabezamiento, 364; y, 367 todos del Código Orgánico Procesal Penal; CONDENA, al Acusado, ciudadano, LUIS FELIPE LÓPEZ PERDOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.594.680; residenciado en la Avenida “José Antonio López”, Agropecuaria Río Tamanaco, Tinaquillo, estado Cojedes; ha sufrir la pena de de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO; la cual debe cumplir el ahora Condenado, en el establecimiento penitenciario que ha bien tenga la ciudadana Jueza de Ejecución de este Circuito Judicial Penal. Por haber sido hallado, más allá de la Duda Razonable, Autor a TÍTULO DE DOLO DIRECTO, por tanto CULPABLE,.....