Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley acuerda: NIEGA LA REVISION DE LA MEDIDA EXISTENTE EN CONTRA DEL CIUDADANO YONDER RAFAEL GUILLARTE GUILLARTE, solicitada por el defensor publica Abg.: MELISSA MALPICA y en consecuencia se mantiene la medida de la privación judicial preventiva de libertad existente en contra del acusado YONDER RAFAEL GUILLARTE GUILLARTE todo de conformidad con lo establecido en los articulo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de tomar la presente decisión, Segundo: Notifíquese a las partes de la presente decisión, Así se decide