Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, es por lo que este Juzgado Segundo en funciones de Juicio, constituido en Tribunal Mixto, por UNANIMIDAD, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, con base en lo establecido en los artículos 173, 364 y, 366 del Código Orgánico Procesal Penal, así como en las demás disposiciones Constitucionales y Legales supra referidas, ABSUELVE, al ciudadano, MIGUEL ÁNGEL ZAMBRANO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.180.102, domiciliado en Barranca, Calle Táchira, N° 38, San Cristóbal, estado Táchira. En perjuicio de las personas quienes en vida, respectivamente, respondieran al nombre de: RICHARD MORENO ROA; VÍCTOR JULIO ZAMBRANO MORENO; JOSÉ DEL CARMEN RIVERA ANTILES; RAMIRO SÁNCHEZ BOTELLO; ANTONIO MARÍA CÁRDENAS GUERRERO; y, LISANDRO JOSÉ PÉREZ; occisos.