En consecuencia, por todas las fundamentaciones antes expuestas, este Tribunal Primero en función de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, constituido como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano JUAN MIGUEL RODRIGUEZ FLORES, venezolano, de 35 años de edad, fecha de nacimiento 03-10-1975, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.733.655, casado, de profesión u oficio mecánico, residenciado en el Barrio Las Margaritas, Sector Los Mangos, casa S/N, Municipio Rómulo Gallegos, estado Cojedes, en el Internado Judicial y/o Centro Penitenciario Nacional que indique el Juez Único de Ejecución de este mismo Circuito Judicial Penal, quedando sujeto a las penas accesorias previstas en los numerales 1 y 2 del Artículo 66 de la mencionada Ley Especial, a saber: la interdicción civil y la inhabilitación política, mientras dure la pena.
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