Ahora bien, por cuanto ya consta en autos los pagos realizados en su totalidad a el trabajador PABLO JOSE PEREZ, antes identificado, en consecuencia evidenciado el cumplimiento total del acuerdo celebrado en siete (07) de mayo del 2009, por las partes intervinientes en le presente juicio, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, acuerda Homologar el mencionado acuerdo en virtud que el mismo no es contrario a derecho y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el Tribunal Supremo de Justicia y tomando en cuenta que los acuerdos de las partes han sido la conclusión de un proceso de mediación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden publico, y visto y analizados los conceptos laborales acordados por las partes intervinientes, correspondientes al mencionado trabajado.....